
El Gobierno prohíbe productos de tabaco recalentado: qué son y cuáles son los efectos en la salud
Lo anunció el Ministerio de Salud mediante una resolución que fue publicada en las últimas horas en el Boletín Oficial / GettyMediante la Resolución 565/2023, publicada este lunes en Boletín ...
Lo anunció el Ministerio de Salud mediante una resolución que fue publicada en las últimas horas en el Boletín Oficial / Getty
Mediante la Resolución 565/2023, publicada este lunes en Boletín Oficial, el Ministerio de Salud de la Nación informó que ya no se podrá importar, distribuir, comercializar y publicitar los “Productos de Tabaco Calentado” (PTC). Según señalaron, el objetivo de esta medida es “restringir el uso de este tipo de productos, que se consideran perjudiciales para la salud”. Cuáles son los efectos en la salud y en qué se diferencian de los cigarrillos “comunes” y los vapeadores, según un experto consultado por Infobae
“Los denominados Productos de Tabaco Calentado utilizan un aparato eléctrico que calienta un cigarrillo especial conteniendo tabaco reconstituido a una temperatura que no llega a producir combustión”, explicaron desde la cartera sanitaria nacional mediante un comunicado. En ese sentido, indicaron que “aunque se promueven como productos de riesgo reducido, hasta el momento ningún estudio independiente ha demostrado que sean inocuos para la salud”.
Según explicaron, “algunas investigaciones han comprobado que contienen muchas de las sustancias tóxicas que poseen los cigarrillos comunes, en algunos casos en mayor grado de concentración”.
“Estos productos liberan un aerosol que tiene nicotina, que provoca también el consumo problemático y puede provocar adicción. Tienen partículas que son dañinas para el pulmón y para el sistema respiratorio. Además, tienen otras partículas como, por ejemplo, metales pesados, tales como el plomo, y otros que pueden provocar o pueden impulsar el desarrollo de cáncer. Además, se asocio fuertemente a enfermedades pulmonares crónica”, explicó a Infobae Francisco Dadic (MN 125795), médico especialista en medicina interna y toxicología, y director de Toxicología Hoy.
Qué dispuso el Gobierno nacional sobre estos productos de tabaco recalentado
Según consta en el Boletín Oficial, se prohíbe “la importación, distribución, comercialización, la publicidad y cualquier modalidad de promoción y patrocinio en todo el territorio argentino de los sistemas o dispositivos electrónicos destinados a inhalar vapores o aerosoles de tabaco, denominados habitualmente como “Productos de Tabaco Calentado”, extendiéndose dicha prohibición a todo tipo de accesorio destinado al funcionamiento de dichos sistemas o dispositivos, como asimismo a cartuchos y barras de tabaco para ser calentadas en dichos sistemas”.
En ese tono, desde el Ministerio de Salud indicaron que “el consumo de tabaco es uno de los principales factores de riesgo para contraer enfermedades no transmisibles”, al tiempo que advirtieron que, según la Organización Mundial de la Salud (OMS), “el tabaquismo es la primera causa de muerte prevenible en los países desarrollados, y también la causa más importante de años de vida perdidos y/o vividos con discapacidad. En Argentina, se calcula que mueren 40.000 personas cada año por esta causa”.
“Esta iniciativa forma parte de una serie de acciones que lleva adelante la Dirección Nacional de Abordaje Integral de Enfermedades No Transmisibles (DNAIENT), en el marco del cumplimiento de los objetivos del Programa Nacional de Control de Tabaco (PNCT), y que buscan evitar el inicio del consumo de tabaco, disminuir su consumo, proteger a la población de la exposición al humo de tabaco ambiental y promover la cesación tabáquica en la población”, señalaron desde la cartera que lidera Carla Vizzotti.
NOTICIA EN DESARROLLO